22. CARBONELL, Miguel Óp. 31. En general, el Tribunal se involucra poco con las tesis de una y otra de las partes, limitándose a oírlas, al igual que a los testigos y presenciar la recepción de las otras pruebas necesarias para demostrar el suceso fáctico en examen. La instrucción. Para Correa Selame el sistema procesal penal1 es un mecanismo racional de investigación, persecución y juzgamiento de las conductas humanas que lesionan bienes jurídicos penalmente tutelados, estableciendo un régimen de garantías que fija como limites mas allá de los cuales la actividad persecutoria estatal no puede extenderse sin vincular ilegítimamente los derechos individuales de las personas. Para la Sala es evidente que el Constituyente y el legislador colombiano diseñaron un modelo propio de sistema penal acusatorio, el hecho de que otros países hubiesen adoptado la prueba de oficio como una regla necesaria en el proceso penal, no significa que el legislador colombiano estaba obligado a seguir esa corriente en nuestra legislación. Los acentos podrían carecer de validez si no existían los gestos. 253 19 No fue sino hasta el primero de diciembre del año dos mil seis cuando asumiera el cargo el actual Presidente de nuestro país Felipe Calderón Hinojosa quien en la toma de protesta como representante del Estado mexicano otorgara un plazo no mayor a noventa días para que su gabinete de seguridad rindiera un informe a manera de análisis para conseguir una reforma integral al sistema de justicia y una vez transcurrido dicho plazo es que en fecha nueve de marzo del año dos mil siete el Presidente Calderón presentó al Senado de la Republica una iniciativa integral de justicia; por su parte se sumaron también iniciativas propuestas por diferentes sectores de la población como Sociedad Civil (PRODERECHO), Académicos (MIGUEL CARBONELL) y legisladores (CESAR CAMACHO QUIROZ)22 los cuales llevaron sus iniciativas ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. En este sistema inquisitivo, las funciones de acusación y el enjuiciamiento se encuentran en una sola persona, frente a la cual el individuo está en una posición de inferioridad. Ecoe Ediciones, 2005 - Criminal procedure - 374 pages. II.- HIPOTESIS
Sistema acusatorio clásico 2. 23 propios jueces, quienes resultan beneficiados en su independencia por realizar sus actuaciones en público. 38 28 procedimiento y la realización de los actos procesales si el debate no fuera oral, concentrado y continuo”.40 La misma autora señala que solo para atender al descanso diario o para satisfacer necesidades de carácter fisiológico se puede en principio, interrumpir la continuidad de la audiencia. 128-129. Desde el siglo XIII hasta el siglo XVIII, lo que prevaleció en toda Europa fue el sistema inquisitivo arraigado íntimamente al sistema político que caracterizo a la época. Definiéndolo como “Cárcel destinada a los reos pertenecientes al antiguo Tribunal eclesiástico de la Inquisición”.9 9 Real Academia Española. Sistema acusatorio adversarial. *Acusación *Oportunidad *Igualdad de partes *Concentración *Inmediatez. Ibídem. . Breves Antecedentes Históricos de los Sistemas de Justicia Penal. Pág.12. Aún con una investigación débil, el Ministerio Público obtendría una sentencia condenatoria en nueve de cada diez casos. El principio de contradicción se ve plasmado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, denominada “Pacto de San José de Costa Rica”, 33 en el artículo 8.2.letra f, que indica “f) Derecho de la defensa a interrogar a los testigos presentes en el tribunal y de obtener la comparecencia, como testigos o peritos, de otras personas que puedan arrojar luz sobre los hechos”. Facultad de Derecho de la UNAM
El acusatorio, 2. Constitucionales y de Justicia, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 5 juicio; la pasividad del juez es otra característica del sistema, por ello le resulta imposible actuar de oficio, debe necesariamente ser legalmente estimulada su actuación, misma que puede proceder cuando se trata de delitos públicos, de cualquier ciudadano. 16 GÓMEZ COLOMER citado por BENAVENTE CHORRES, Hesbert en PASTRANA BERDEJO, Juan David, y otros, Óp.
15 En México antes de la entrada en vigor de la Reforma al Sistema de Justicia Penal en México 2008, al igual que en los sistemas mixtos, las actividades del acusador gozaban de una presunción de veracidad y los datos recabados tenían el estatus de prueba virtualmente plena.
. Aunque México era constitucionalmente una democracia antes de 1994, no había arraigado en el país una cultura de la independencia judicial. Durante los últimos años el Poder Legislativo, organizaciones sociales y especialistas comenzaron a debatir sobre los mecanismos para modernizar el Sistema de Justicia Penal en México, y algunas de las cuestiones que ocuparon el centro del debate sobre la justicia penal fueron: ¿Cómo proteger la eficacia en la procuración e impartición de justicia? La consecuencia más grave de esto, más allá de las injusticias perpetradas a personas concretas, es que se atrofiaron las capacidades de investigación del Ministerio Público. SISTEMA ACUSATORIO/MIXTO ... 33 1. Sistema acusatorio La decadencia de este sistema radica básicamente en que para que funcione se requiere . Con este giro en el sistema de justicia penal, que realmente era inevitable y
1.3. Sistema mixto 4. Se hizo así, forzoso un juicio previo, tramitado de conformidad a las pautas legales, garantizadoras de la libertad y de la defensa. No es el objeto de este trabajo ocuparnos sólo de los sistemas de justicia penal en la historia, sino que hacemos una breve referencia, para que el destinatario de este trabajo tenga los datos elementales que le permitan establecer que no es lo mismo el sistema acusatorio clásico que el sistema acusatorio moderno, entre otros aspectos a destacar. Culiacán Sinaloa 26 de Septiembre de 2011. Solo así resulta viable el ejercicio de cada uno de los otros principios del sistema acusatorio.39 1.9.4. DIPLOMADO SOBRE JUICIOS ORALES. 45. 6 3 El sistema acusatorio clásico es una forma de enjuiciamiento penal, el cual rigió durante todo el mundo antiguo. 16 c) El juez debe ser imparcial e independiente. II. el acusatorio y el inquisitorial, y lo que tenemos a partir del 18 de junio de 2008 en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es, nuevamente, un procedimiento acusatorio y oral, es decir que regresamos al origen: todo es cíclico. 1.9.5. c. La etapa contradictoria del juicio se realiza con igualdad absoluta de derechos y poderes. 138. el 25 de enero de 1991. La característica fundamental de este sistema reside en la división de los poderes ejercidos en el proceso. 8. c) La tutela legal no es de carácter privado, aunque en algunos casos la acción penal puede ser privada o de interés particular, pero siempre que se ejercite debe ser protegida por el Estado. La pasividad del juez conlleva a que las partes se desempeñen con amplia libertad, para aportarle argumentos y probanzas que les permitan resolver mejor, es por ello que el principio contradictorio adquiere marcada importancia. contrato laboral que modifica las condiciones individuales de trabajo celebrado entre el trabajador ____________________ y LA EMPRESA PAN BAJIO S.A DE C.V. REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR ANGEL XOLOTL ECHEVERRIA MEZA A QUIENES SE LES DENOMINARA EN LO SUCESIVO "EL TRABAJADOR" Y "EL PATRON" RESPECTIVAMENTE, Y A AMBOS "LAS PARTES", SUJETANDOSE BAJO LOS SIGUIENTES:
1.4. 17 Cfr BORREGO ESTRADA, Felipe, Retos en la Implementación del nuevo sistema penal acusatorio, en Revista Separata del Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, Núm. Necesidad de contar con un código penal nacional. Lexis Nexis, Chile, 2005, p. 301 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 07 de mayo de 1981. http://www2.scjn.gob.mx/red/constitucion/ 33 Ver 26 como en la Convención sobre los Derechos del Niño,34 en el artículo 40. Del contenido de la obra en consulta, advertimos que el sistema acusatorio clásico lo integran "la Grecia democrática, la Roma Republicana, la dominación germana en Europa y el Sistema de Justicia Inglés". Para posibilitar ese plano de igualdad, aún en relación con el acusado, su libertad ambulatoria durante el proceso es la regla, su prisión preventiva, la excepción. Parecen existir diferencias entre la calidad de la justicia impartida por los tribunales federales y los locales, lo que obedece en buena parte a la disparidad de recursos que tienen a su disposición en términos económicos y humanos. • Las funciones de acusar, de decidir y la defensa se encuentran claramente diferenciadas. El segundo, buscó asegurar la seriedad del requerimiento penal del Estado de convocar al juicio público, como un intento por evitar la creación de juicios inútiles. Este proceso mixto fue transicional en la Europa continental y simplemente marcó la entrada a la modernidad procesal, es decir, a la fuerza del proceso acusatorio.
GARCIA RAMIREZ, Sergio, La Reforma Penal Constitucional (2007-20008), Editorial Porrúa, 2ª edición, Mexico, 2009, Pag. III. Por lo que hace a la Grecia democrática, leemos en la obra que nos ocupa, además de lo ya expuesto: “A partir de sus aportaciones más importantes para la humanidad y el desarrollo de la cultura occidental… el sistema de justicia griego, además de haber estado inspirado en los principios de la democracia7y sustentado en su profundo culto a las leyes…, “…consistía en entender que administrar justicia era una operación en la que se aplicaba la razón, y la justicia misma era su resultado…”, “Con ello, es posible afirmar que el sistema de justicia que dio origen a lo que ahora llamamos sistema acusatorio clásico, estuvo basado en principios democráticos, en el culto y respeto a la ley, así como en el uso de la razón.”. A. VII.II- ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE JUICIOS ORALES EN MÉXICO
- El juez no puede condenar ni a persona distinta de la acusada ni por hechos distintos de los imputados. 124. 52-01 (Ciudad Salitre) Teléfonos: 570 20 00 - 414 90 00 www.fiscalia.gov.co Primera edición: Diciembre de 2007 Con un…. y0Öl¾±lÖûÀ & eóZx¦êù
(§*¡ k@RöGAìï¾kÎTÒ"}MU';ßá Con la llegada de la monarquía en Roma, en la cual la soberanía pasó del pueblo al emperador, aparecieron funcionarios encargados de la persecución del delito, los cuales ejercen la acción penal a nombre del emperador. En este periodo se institucionalizó la violencia en su forma más cruenta: la tortura como el mecanismo más eficaz para lograr la confesión. Yuridia Josefa Lara Pérez. Este sistema prevaleció fundamentalmente en Grecia, Roma y en el Derecho Germánico.
EL SISTEMA ACUSATORIO CLÁSICO: Históricamente el sistema acusatorio fue el primero el primero en aparecer, teniendo prevalencia hasta el siglo XIII, en que fue sustituido por el sistema inquisitivo. • Procedimiento siempre analítico. 2 Reviews. A.- PRIMER PERIODO
CONTINUIDAD Implica que las actuaciones judiciales (y sobre todo, la audiencia principal del proceso) no deban ser interrumpidas, sino que deben agotarse todos los temas a examinar una vez que han dado comienzo. De hecho, se afirma que los griegos de los siglos V y IV a. C. alcanzaron una organización procesal y jurisdiccional muy elaboradas, que en su conjunto representan uno de sus más grandes logros como organización social.”. What people are saying - Write a review. 120. 2.1. DERECHO ROMANO La historia de Roma se divide en tres etapas: * La monarquía * La república. Del contenido de la obra en consulta, advertimos que el sistema acusatorio clásico lo integran “la Grecia democrática, la Roma Republicana, la dominación germana en Europa y el Sistema de Justicia Inglés”. Cit., supra nota 5. Estructura del delito en el derecho penal en México, previa a la implementación de la reforma constitucional de seguridad y justicia de 2008. Sistemas Procesales Penales. ¿Cómo asegurar mayores condiciones de transparencia….
• Encarcelación preventiva y segregación del inculpado
El sistema obliga a resolver solamente de acuerdo con las pruebas desahogadas en el juicio y en presencia del juez y del jurado; permite obviar la audiencia de debate probatorio ante la confesión del imputado, lo cual lleva a las partes de forma directa a la audiencia para la individualización de la sanción penal, donde puede haber desahogo de pruebas, pero tan sólo para tal propósito y para la reparación a la víctima de sus Derechos. Ahora bien, la publicidad de los procedimientos judiciales, sobre todo en materia penal, no solamente aporta beneficios, sino que también puede incidir negativamente ya sea en ciertos derechos fundamentales (como la presunción de inocencia o el derecho al juez imparcial), o en la forma en que se juzga sobre un determinado caso, es decir, sobre la marcha de la justicia penal en general.28 La publicidad o el derecho a un juicio público no solo están contenidos en nuestra carta magna sino también en instrumentos internacionales suscritos y ratificados por México. Además se integra con el conjunto de normas que regulan de manera ordenada la forma en que se lleva a cabo el procedimiento de quien ha sido inculpado de la comisión de un hecho delictuoso.3 Por su parte Benavente Chorres entiende por sistema procesal penal al conjunto de principios y garantías que configuran tanto el rol de los actores, al objeto u objetos de debate en sede de justicia penal, así como al esquema procedimental del proceso penal, respondiendo a una determinada ideología o filosofía.4 Daza Gómez define sistema de enjuiciamiento, como la forma, modo o manera como un estado resuelve los conflictos interpersonales de sus gobernados, y que éste sistema refleja con mayor exactitud los contenidos democráticos o autocráticos de su Constitución, existiendo una relación directamente proporcional 1 Para efectos prácticos en la presente se hablara indistintamente entre sistema procesal, sistema procesal penal, sistema de procesamiento penal y sistema de enjuiciamiento dado que su minucioso análisis implicaría tiempo y espacio fuera de los márgenes de este modesto trabajo. 5 Páginas • 972 Visualizaciones. El ABC del nuevo sistema acusatorio penal: el juicio oral.
En otras palabras, todo proceso tiene sus controles y “candados”, pero ello no garantiza que se mantengan inmunes los avatares de la inoperancia, la ilegalidad e, incluso, la corrupción ante ello, la publicidad brinda el medio para que la sociedad (y con ella los medios de comunicación) puedan realizar seguimiento y control del servicio público de impartición de justicia.27 Esta actúa en beneficio de la recta impartición de justicia, inhibe la corrupción, mantiene a las partes en un estado de mayor igualdad y convoca una mayor rendición de cuentas, da confianza a los usuarios del sistema de justicia penal y en general a toda la sociedad, pues de esa manera los ciudadanos pueden ver como se está administrando la justicia, sirve además también para evitar presiones sobre los 25 Jeremy Bentham citado por Miguel Carbonell escribió que “cuanto más secretos han sido los tribunales, más odiosos han resultado”. • Enjuiciamiento donde, de manera pública y con respeto a los derechos de defensa, se resuelven conflictos penales. IV.-PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Las tesis encontradas de las partes permiten una mejor búsqueda de la verdad real de lo acontecido. n) Puede impugnar la sentencia. 4.4 Medios de prueba 34
Menciona también que la continuidad exige que solo cuando la necesidad lo imponga (por enfermedad de alguno de los sujetos procesales, por ejemplo) siempre por un tiempo determinado, se podrá suspender la audiencia.41 Sin embargo no todas las posturas sobre la continuidad son afines, al respecto señala Alcala Zamora aludido por García Ramírez…“bajo el principio de concentración se concentran en una sola audiencia, a lo sumo, en pocas audiencias próximas, los actos procesales fundamentales… al principio de concentración se opone el de continuidad, así denominado por que a través de una serie de fases, el proceso se continua, asegurándose el enlace y transito de unas a otras mediante su reducción a escrito. Esas bases son los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación. ...Cuadro Comparativo entre los Sistemas Procesales Acusatorio Clásico, Inquisitivo, Mixto Acusatorio Garantista y Acusatorio Adversarial. Ensayos relacionados. (José Rogelio Contreras Melara, 2011) Contenido Cit., supra nota 18.Pag. Luego entonces hay que señalar que este sistema se caracteriza por la desigualdad de las partes, por la persecución y juzgamiento, poniendo ambas actividades a cargo de funcionarios del Estado, así como el concepto de verdad real como objetivo supremo a descubrir mediante el proceso para dar paso a la pena, que es concebida como la única forma de solución del conflicto penal, incorpora aspectos del acusatorio sin dejar por ello de ser inquisitivo 15. CARBONELL, Miguel Óp. CAPITULO IV
REFORMA PENAL EN MÉXICO
El sistema inquisitivo surgió con los regímenes monárquicos, se perfeccionó en el Derecho Canónico y, finalmente, pasó a casi toda las legislaciones europeas de siglos XVI, XVII y XVIII. Históricamente han existido diferentes modelos de sistemas procesales los cuales muchas de la veces se han identificado, con las características que corresponden al régimen de gobierno del país en que se aplican, de modo que en términos generales, en los países gobernados democráticamente, es el sistema acusatorio el que regula las formas de procesamiento, reservándose el inquisitivo para los regímenes de gobierno absolutistas o totalitarios, en los que se anteponen a las garantías y derechos del individuo, los preferentes intereses sociales, posponiendo de esta forma, la aplicación de la ley en aras de las razones de Estado. Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector. “Respecto del proceso penal, los autores de la materia identifican como el origen del sistema penal acusatorio a la antigua Grecia. Si entendemos que el procedimiento penal, en este sistema de enjuiciamiento se veía como una función preponderante del Estado, cuyo objetivo único y último era descubrir la verdad histórica de los hechos, donde no existía división procesal de partes, ya que se concentraban en el Juez todas las funciones del triangulo procesal (unidad de parte), pues era él, el encargado de recabar todas las pruebas tendientes al esclarecimiento de los hechos y así fincar responsabilidades o absoluciones, por lo que no importaba tener una parte acusadora, y menos aun a un defensor, pues si el sujeto era culpable entonces no lo merecía y si por el contrario era inocente, eso eventualmente se descubría en juicio y por ende no lo necesitaba. Iniciativa con Proyecto de Decreto del Código Federal de Procedimientos Penales de 2011. Moreno Vargas, Mauricio (Coordinador), Nuevo Sistema de Justicia Penal para el Estado de México, Editorial Porrúa, 2ª edición, México 2011, Pág. El Derecho Procesal se ocupa también de la competencia, y la regula; así como la actividad de los jueces. La impunidad y la corrupción se habían hecho endémicas. h) No se le debe enjuiciar a la misma persona dos veces por los mismos hechos. o) Debe existir una relación estricta y directa entre la acusación y la sentencia. Particularmente coincidimos con la autora Bardales Lazcano quien refiere que “El proceso inquisitivo -monárquico- fue un procedimiento escrito, burocrático, formalista, incomprensible, ritualista, poco creativo y especialmente preocupado por el tramite y no por la solución del conflicto.13 1.5. CAPITULO I 1. Derecho procesal penal El Derecho procesal penal es el conjunto de normas jurídicas correspondientes . necesario (aunque todavía haya muchos que no lo creen así), ya contemplado
9 3 HERNÁNDEZ PLIEGO, Julio A., Programa de Derecho Procesal Penal, Editorial Porrúa, 17ª edición, México, 2007, Pág. V.- DELIMITACION DEL PROBLEMA
156. e) Debe existir equilibrio entre los derechos de las partes. INTRODUCCIÓN. Sistema acusatorio garantista 3. El sistema inquisitivo o inquisitorio : podemos extraer en forma inmediata como característica del sistema inquisitivo , que es un sistema que nace con la caída del imperio romano y el fortalecimiento de... ...SISTEMA ACUSATORIO PENALEl juez de control en México
Cuadro Comparativo entre los Sistemas Procesales Acusatorio Clásico, Inquisitivo, Mixto Acusatorio Garantista y Acusatorio Adversarial. De igual manera en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en su artículo 14.3 letra e, contempla tal principio al mencionar, “e) A interrogar o hacer interrogar a los testigos de cargo y a obtener la comparecencia de los testigos de descargo y que éstos sean interrogados en las mismas condiciones que los testigos de cargo”. Licda. Esfuerzo de algunos Estados de la República en la implementación del sistema penal acusatorio. ¿Cómo asegurar…. b. Características del Procedimiento Abreviado. SISTEMA ACUSATORIO GARANTISTA. El sistema acusatorio adversarial. Cuadro Comparativo entre los Sistemas Procesales Acusatorio Clásico, Inquisitivo, Mixto Acusatorio Garantista y Acusatorio Adversarial. - El juez no investiga hechos ni practica pruebas no ofrecidas por la partes.
l) Guardar silencio, y que tal silencio no se pueda usar en su contra. El imperio de la ley estaba por los suelos y el poder ejecutivo acaparaba todas las funciones. El sistema acusatorio, es propio de regímenes liberales cuyas raíces pueden encontrarse en la Grecia democrática y la . 2.1 Objetos de la prueba 20
Sistema Mixto Clásico y Moderno. Regulación del procedimiento en el Estado…. 21 CONSTANTINO RIVERA, Camilo y GARZÓN LÓPEZ, Diana Margarita (Coordinadores) Óp. • Dirección de la investigación al arbitrio del juez, con mayor o menor subordinación al Ministerio Público. Sistema mixto 1.1.- SISTEMA ACUSATORIO CLASICO. 1. 1. ELABORADO POR:
d) La presunción de inocencia y la contradicción son los principios fundamentales del proceso penal. Toda audiencia se desarrollará en presencia del juez, sin que pueda delegar en ninguna persona el desahogo y la valoración de las pruebas, la cual deberá realizarse de manera libre y lógica; III. Las características más importantes de este sistema son: a) Diferenciación de funciones (acusación, defensa y decisión). PEDRO ORIOL AVELLA FRANCO
Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. El inquisitivo, y 3. PRESENTA:
Historia del Derecho Mexicano, Editorial Oxford, 2ª edición, México, 2004, Pág. Al mismo tiempo también tendrás una referéncia del grado de aceptación del caso. Las primeras bases de este sistema las puso Diocleciano. en nuestra legislación aunque todavía no implementado a nivel federal,
18 fondos. . Este sistema se caracterizó también por utilizar la escritura como medio de hacer constar las actuaciones judiciales, lo cual se entiende para la época en la cual se desplegó, donde la escritura era el medio predominante, pero esto no solo era lo característico de este sistema de enjuiciamiento, sino que mas aun se rigió por el uso de formalismos y formalidades muy exigentes para que tuvieran validez las 8 actuaciones, inclusive utilizando latinazgos, de manera excesiva que hacia incomprensibles las constancias para la mayoría de las personas que eran analfabetas. cit., supra nota 25. ibídem. penal
No obstante, tras haber tenido conocimiento de cómo funciona en la práctica el procedimiento, el Relator Especial expresa su preocupación por los retrasos que ocasionan su complejidad y alto costo, que dificultan el acceso a la justicia de todos los ciudadanos. LOS SISTEMAS PROCESALES PENALES SUS POSTULADOS Y SUS APLICACIONES TÉORICO-PRÁCTICAS. Recuperado de: http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=inquisici%C3%B3n 6 Como sistema de enjuiciamiento, tiene sus antecedentes en el Derecho romano imperial de la última época y fue perfeccionado por el derecho canónico, alcanzando institucionalidad en el siglo XII (cuando apareció la herejía); tal institución se aprobó por Inocente III en el año de 1204, cuando aprueba el establecimiento del instituto que le dio el nombre a dicho sistema, representando el poder absolutista de toda una época en que preponderaba el interés de un grupo o casta en el poder;10 se extendió por Europa entre 1218 y 1232, en España fue instaurada hasta 1478 por Sixto IV, en razón de los judíos y moros que profesaban una religión diversa a la de los Reyes Católicos, así se trasladó a México en 1570 por el inquisidor apostólico Don Diego de Espinosa. c) Otorgamiento al Ministerio Público o Fiscal de facultades derivadas del Principio de oportunidad para, ofreciendo bajo determinados presupuestos medidas alternativas al imputado, no perseguir el delito generalmente menos grave o leve, bien a través del instituto de la conformidad, bien a través de la llamada negociación sobre la declaración de culpabilidad. Pág.15. 2. Va a ser del todo relevante que tanto el abogado defensor (público o privado) como la parte acusadora dominen las técnicas del interrogatorio y contra-interrogatorio. Durante los últimos años el Poder Legislativo, organizaciones sociales y especialistas comenzaron a debatir sobre los mecanismos para modernizar el Sistema de Justicia Penal en México, y algunas de las cuestiones que ocuparon el centro del debate sobre la justicia penal fueron: ¿Cómo proteger la eficacia en la procuración e impartición de justicia? Sin previa acusación no existe juicio. CAPITULO V
Acusatorio porque existen dos partes que intervienen en el juicio: una que acusa y otra que se defiende;; Adversarial porque, tanto la acusación como la defensa, se realizan mediante una confrontación de pruebas y argumentos de cada una de las partes. Sistema Inquisitivo Y Acusatorio. b. Sistema acusatorio garantista 5. • Características principales: • División de los poderes ejercidos en el proceso. Un mismo órgano procesal no puede realizar las funciones o facultades de alguno de los otros órganos. prueba 12
Texto argumentativo sobre los programas de tv. INTRODUCCION
Principio acusatorio, principio de contradicción y prohibi-ción de indefensión... 37 Pág. FIX ZAMUDIO, Héctor, Función Constitucional del Ministerio Público, Tres ensayos y un Epílogo, Editorial Universidad Nacional Autónoma de México, México, 2004, Págs. Elementos esenciales del sistema acusatorio... 34 2. principio acusatorio 1. m. Der. “DERECHO PROCESAL ACUSATORIO CON ORIENTACION EN LITIGACION ORAL”
Análisis Comparativo del Procedimiento Abreviado. Y en medio, una cantidad de excepciones, de jurisdicciones, competencia, instancias, gravámenes y complicaciones y duplicaciones de actos, con un orden infinito de formalidades y de disposiciones que con frecuencia se contradicen; un trabajo continuo de hacer y deshacer; de dar y reformar, para que, después de un largo y laborioso camino, la justicia resulte desviada, la sociedad cansada, no 14 FERRAJOLI, Luigi, Derecho y Razón, Editorial Trotta, Madrid, 1995, Pág.643. Como alternativa a las listas de casos, el Mapa de Precedentes facilita la tarea de encontrar que caso tienes más relevancia en tu búsqueda. El principio de contradicción contenido en España y otros . 2 . Sistema inquisitivo 3. 254.
En el modelo garantista del sistema acusatorio subsiste el Ministerio Público como el órgano técnico acusador y titular exclusivo de la acción penal pública, pero al mismo tiempo se le otorgan a la víctima los derechos de acción particular en algunos delitos, lo cual permite que, de forma directa sin el paso de la investigación del Ministerio Público, pueda acudir ante el órgano jurisdiccional. Entre estos instrumentos legales destacan el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y la Convención Americana de Derechos Humanos, la cual generó dos instituciones: la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En su desarrollo, el procedimiento se presentó dividido básicamente en dos periodos principales, enlazados por uno intermedio: El primero, se basó en una investigación marcadamente inquisitiva en la que se reconoce la necesidad del Estado de informarse previo a acusar penalmente a alguien; dicha etapa carece de relativa publicidad y contradicción. - Se separan las funciones de investigar, procesar (en el antiguo sistema), forma- . Y es que, en efecto pese a ser verdaderas manifestaciones culturales de los momentos históricos en que se han dado, estos exhiben notas definitivas. ACUSATORIO CLÁSICO
ISBN 978-958-8374-03-1 © PEDRO ORIOL AVELLA FRANCO, 2007 © FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, 2007 Derechos exclusivos de publicación y distribución de la obra Nivel Central - Bogotá, D. C. Diagonal 22B No. Una cátedra de historia sobre el origen del sistema penal acusatorio -SPA- dictó el juez de garantías, Franklín Pinzón, a los miembros de la Policía Nacional de Veraguas, durante la jornada de capacitación realizada recientemente como parte de las actividades que se desarrollan en esta provincia, en el mes del tercer aniversario de la implementación de esta nueva forma de . Sistema acusatorio adversarial SISTEMA ACUSATORIO CLÁSICO El sistema se desarrolló en Grecia y Roma bajo el Elien de los atenienses: el Comitiatus maximus, de los romanos y luego las Questiones perpetuae. Como sabemos las normas jurídicas como reguladoras de las conductas de los individuos, son susceptibles de ser vulneradas, lo cual conlleva a la alteración de la paz social, por lo que es necesario que en todo Estado exista un ente encargado de devolver esa paz a sus administrados, es allí donde interviene el llamado Poder Judicial que tiene como principal y exclusiva función de hacer cumplir las leyes y principalmente la de resolver los conflictos desatados por el trasgresor de las leyes, a fin de otorgar seguridad jurídica a la sociedad.
• Las funciones de acusar, de decidir y la defensa se encuentran claramente diferenciadas. Sin entrar en discusiones prolijas que ha provocado la delimitación de los contornos definitivos del llamado sistema mixto, nos adherimos a quienes establecen que dicho sistema tiene una característica que le permite enfrentarse como sistema autónomo, a los otros dos y que esta reside en que la acusación está reservada a un órgano del Estado. La acción penal es prerrogativa del Príncipe y no requiere la intervención del acusador ara que el Estado proceda. Cuerpo del delito - Probable responsabilidad. 1.3 Tipos de prueba 14
CARBONELL, Miguel Óp. f) El medio para el ejercicio del principio de contradicción es la oralidad y publicidad. Se desvanecen ante el inquisidor, los principios elementales de seguridad, legalidad e indisponibilidad del proceso, como premisas sine qua non de respeto a la libertad y dignidad de la persona, toda vez que como reza el adagio: “Quien tenga por acusador a un juez, necesita de Dios como abogado”. En estas condiciones no necesitaba el Ministerio Público procurar una investigación profesional que después pudiera resistir un efectivo debate en el juicio, pues no habría tal. 1.
• Las funciones de acusar, de decidir y la defensa se encuentran claramente diferenciadas. Primera Clase sobre el Proceso Penal en México (Sistema Acusatorio) Se abordan las cuestiones iniciales de la Supremacía Constitucional. Pero también la gran olvidada del proceso penal exige, en el sistema garantista el respeto de sus Derechos ahora reconocidos en una carpeta universal. a)El sistema Acusatorio [LLOBET RODRÍGUEZ]1 "El sistema acusatorio se encuentra principalmente históricamente en el Derecho griego y en los últimos tiempos de la república romana. Este sistema tuvo variantes en cada país-, sin embargo, podemos resumir algunas de sus características fundamentales de acuerdo con lo señala Edmundo POTTSTOCK: a. EL JUICIO ORAL EN LA REFORMA PENAL EN MÉXICO
Cuadro Comparativo Entre Los Sistemas Procesales Acusatorio Clásico, Inquisitivo, Mixto Acusatorio Garantista Y Acusatorio Adversarial. • Instrucción escrita. Oral porque, a diferencia del sistema anterior, el juicio se realiza mediante un debate oral frente a un juez que debe estar siempre presente y no como antes, que era de manera escrita. especialmente como resultado de su vinculación con el sistema acusatorio penal en la indicada reforma de 2008: la oralidad procesal es el "instrumento idóneo" para publicitar la actuación judicial en cualquier rama jurídica y su consecuente transparencia, aunque "donde . LOS SISTEMAS PROCESAL PENALES. El Poder Judicial estaba considerado como una prolongación del ejecutivo, lo que sumado a la incompetencia, la ineficacia, la indiferencia y el desdén por los valores y principios fundamentales de la Democracia y el Estado de Derecho en el seno del sistema no hacía sino agravar las cosas. Pág.3. La internacionalización de los derechos humanos permite una apertura a un marco jurídico de amplio espectro, para comprender no sólo la jurisprudencia iberoamericana sobre esos derechos, entre los que se encuentra la presunción de inocencia, especialmente acorde con determinaciones de tribunales internacionales (el Tribunal . En contraste, en los países de América Latina, el sistema procesal mixto sobrevivió hasta tiempos recientes, particularmente por la utilidad que representó para la consolidación de poderes autoritarios. El control permitido por el principio contradictorio se extiende, asimismo, a las argumentaciones de las partes, debiendo garantizarse que ellas puedan, en todo momento escuchar de viva voz los argumentos de la contraria para apoyarlos o rebatirlos”.32 Mediante la contradicción se logra una mejor producción de información asi como también, se examinan con mayor claridad las razones de pro y contra que puede tener un punto concreto, una tematica o un tópico, permite también el ejercicio efectivo del derecho de defensa, favorece el acercamiento a la verdad al mismo tiempo que brinda una visión más detallada de la situación. NATURALEZA DEL SISTEMA PROCESAL PENAL. 11 7 predominó siempre el interés social, representado en la persecución de delitos contra la fe, sobre el interés particular. Se le conoce a este nuevo modelo de justicia como sistema acusatorio adversarial esto debido a sus características más importantes:. ver más. Por tanto, del mismo modo que concentración se asocia a oralidad, escritura y continuidad forman pareja”.42 Sin embargo consideramos el principio de continuidad se debe entender como aspecto o modalidad de la concentración: que las actuaciones procesales se sigan a breves intervalos en forma inmediata o con la más apretada solución de continuidad. 1.- Sistema acusatorio 2.- Sistema inquisitorio 3,- Sistema mixto. De las principales diferencias entre el antiguo sistema inquisitivo y el nuevo sistema acusatorio. En el modelo garantista del sistema acusatorio, el sujeto de derechos protegibles no sólo es el imputado, sino también la víctima del delito, gracias a los esfuerzos que la Organización de las Naciones Unidas llevó a cabo a partir de 1995 para el reconocimiento de los derechos procesales de las víctimas del delito.
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